Créditos a monotributistas y autónomos

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A través del Decreto 376/2020, el Gobierno instituye un crédito a tasa cero para monotributistas de todas las categorías y trabajadores autónomos. Enterate de que se trata.

¿Quiénes pueden acceder?  Personas adheridas al régimen simplificado (Monotributo) de todas las categorías y trabajadores autónomos.

¿Dónde se solicitará? En el banco donde se opera normalmente. De acceder al beneficio, éste se acreditaría a través de la tarjeta de crédito.

Monto al que se accede: El monto no podrá exceder el 25% del límite superior de ingresos brutos establecidos para la categoría de monotributo donde esté inscripto el contribuyente, con un tope máximo de $150.000. En el caso de autónomos, no hay categorías.

¿Cómo se recibe el beneficio? El financiamiento será desembolsado en 3 cuotas iguales mensuales y consecutivas, acreditándose en la tarjeta de crédito del beneficiario.  A cada una de las cuotas se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que se deben abonar por el impuesto integrado y cotizaciones previsionales a cargo de los monotributistas o de aportes previsionales obligatorios del régimen de trabajadores autónomos. El monto referido será retenido y depositado periódicamente en la AFIP.

¿Cuándo se empieza a pagar el crédito? Tendrá un plazo de gracia de 6 meses y se cancelará en 12 cuotas.