Tal como lo anunciara el ministro de ProducciA?n de la NaciA?n, Francisco Cabrera, y lo confirmara en su visita a la ConfederaciA?n Argentina de la Mediana Empresa (CAME) el pasado miAi??rcoles 11 de mayo, fue publicada en el BoletAi??n Oficial la ResoluciA?n General 3878 de la AFIP que establece para las PYMES (excepto aquellas que desarrollen actividades de la construcciA?n y minerAi??a) la liquidaciA?n del IVA trimestral y la posibilidad de obtener por un trA?mite simplificado el ai???Certificado de ExclusiA?nai??? de los regAi??menes de retenciA?n, percepciA?n y/o pago a cuenta del citado gravamen.
Esta medida beneficia a todas las pequeAi??as y medianas empresas, oxigenando su capital de trabajo al exceptuarlo del depA?sito del IVA que aA?n no cobrA?.
El cronograma de vencimientos serA? el siguiente:
Para acceder a la ResoluciA?n, clic aquAi??