En virtud de las inquietudes de comerciantes y empresarios acerca de responder al pago doblegado en dos cuotas del “Bono de Fin de Año” de carácter obligatorio conforme decreto nº 1043/18, referentes de la Asociación de Empleados de Comercio, la Cámara de Comercio y la Corporación del Comercio Industria y Servicios consensuaron que aquellas empresas que por alguna situación económica- financiera no pudieran cumplir con lo decretado, deberán presentar ante la entidad que la represente una solicitud en la que detallen su caso particular y la necesidad de adecuar un plan de pagos que le permita cumplir con la obligación de lo dispuesto por el Gobierno Nacional.
Bahia Blanca, 13 de Diciembre de 2018