CAME informA? que el Gobierno Nacional reglamentA? la Ley que establece un rAi??gimen de reintegro de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a jubilados y beneficiarios de planes sociales, por compras de productos de consumo masivo con tarjeta de dAi??bito y crAi??dito, en comercios de venta minorista.
El decreto 858/2016, publicado en el BoletAi??n Oficial, establece un pago del 15 % del IVA en las compras que realicen los beneficiarios, hasta un tope de 300 pesos por mes, para productos de hasta 2.000 pesos. PodrA?n acceder a este beneficio jubilados y pensionados que cobran el haber mAi??nimo ($ 4.959), pensiones no contributivas nacionales no superiores al haber mAi??nimo y quienes perciben la AUH (AsignaciA?n Universal por Hijo) y la AsignaciA?n por Embarazo.
En el marco de este rAi??gimen de devoluciA?n, se establece que a partir del 1A? de agosto de 2016, las Pymes que realicen en forma habitual ventas minoristas para consumo final, presten servicios de consumo masivo y/o realicen obras o efectA?en locaciones de cosas muebles y que, ademA?s, acepten como medio de pago tarjetas de dAi??bito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios equivalentes, podrA?n computar mensualmente en su declaraciA?n jurada de IVA como crAi??dito fiscal un importe equivalente al 50% del costo de los servicios adquiridos del sistema POS, siempre que dicho monto no exceda los $ 300 por mes en cada una de las terminales electrA?nicas que se contraten.
Destacamos que para que se pueda computar dicho crAi??dito fiscal, el contribuyente deberA? demostrar ante la AFIP el efectivo funcionamiento del sistema POS mediante una constancia de servicios utilizados. Las mismas deberA?n ser emitidas por las entidades responsables de la prestaciA?n del servicio.