Tras la sanciA?n de la Ley 27.399, se habilitA? al Poder Ejecutivo a fijar hasta tres feriados puente por aAi??o para promover la actividad turAi??stica. De esta manera, a travAi??s del decreto 923/2017 publicado en el BoletAi??n Oficial, se comunicA? que los establecidos son los dAi??as 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre: 3 lunes que anteceden a los feriados del DAi??a del Trabajador, Navidad y AAi??o Nuevo, respectivamente. Asimismo, la norma estableciA? que los feriados trasladables cuyas fechas coincidan con los dAi??as martes y miAi??rcoles pueden ser trasladados al dAi??a lunes anterior y aquellos que caigan jueves y viernes, al lunes siguiente. AdemA?s, el texto adelanta los dAi??as que oficiarA?n de puente en 2019: 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre. Desde el gobierno destacaron la importancia de los fines de semana largos para la economAi??a nacional al tiempo que explicitaron que el objetivo es tener un promedio de 9 fines de semana largos por aAi??o, por ser A?tiles y responder a una nueva demanda del turista que estila realizar varias escapadas durante el aAi??o. MA?s allA? del esquema de feriados, la ley 27.399 establece como dAi??as no laborables para quienes profesen la religiA?n judAi??a los dAi??as del AAi??o Nuevo JudAi??o (Rosh Hashana), dos (2) dAi??as, el DAi??a del PerdA?n (Iom Kipur), un (1) dAi??a, y de la Pascua JudAi??a (Pesaj) los dos (2) primeros dAi??as y los dos (2) A?ltimos dAi??as. Por otra parte, fija como dAi??as no laborables para todos los habitantes de la NaciA?n Argentina que profesen la religiA?n islA?mica, el dAi??a del AAi??o Nuevo MusulmA?n (HAi??gira), el dAi??a posterior a la culminaciA?n del ayuno (Id Al-Fitr); y el dAi??a de la Fiesta del Sacrificio(Id Al-Adha). Los trabajadores que no prestaren servicios en las festividades religiosas mencionadas “devengarA?n remuneraciA?n y los demA?s derechos emergentes de la relaciA?n laboral como si hubieren prestado servicio”, dice el texto. FINES DE SEMANA LARGOS PARA EL 2018Ai?? 1) Lunes 1 de enero |