Prórroga para Ganancias, Bienes Personales e impuesto Cedular

AFIP

Prórroga para Ganancias, Bienes Personales e impuesto Cedular

El organismo prorrogó hasta fines de julio las fechas para presentar declaraciones juradas.

De acuerdo con la Resolución General de AFIP N° 4768 publicada en el Boletín Oficial el 24/07/2020, la AFIP resuelve prorrogar el vencimiento de las obligaciones de presentación de las declaraciones jurada y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y bienes personales. Los mismos corresponden al periodo fiscal 2019 para personas humanas y sucesiones indivisas.

El cronograma establecido de acuerdo con la terminación del CUIT del contribuyente se detalle a continuación:

Terminación CUIT Fecha de presentación Fecha de pago
0, 1, 2 y 3 10/08/2020, inclusive 11/08/2020, inclusive
4, 5 y 6 11/08/2020, inclusive 12/08/2020, inclusive
7, 8 y 9 12/08/2020, inclusive 13/08/2020, inclusive

Respecto del vencimiento de las obligaciones de presentación de la declaración jurada del impuesto cedular y pago del saldo resultante, correspondiente al periodo fiscal 2019 para los sujetos alcanzados por la Resolución General N°4468, operará el siguiente cronograma de acuerdo con la terminación de CUIT del contribuyente:

Terminación CUIT

Fecha de presentación y pago

0, 1, 2 y 3 11/08/2020, inclusive
4, 5 y 6 12/08/2020, inclusive
7, 8 y 9 13/08/2020, inclusive

En el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio, la medida, busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Ver RG 4768