Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) se nos informó que la Comisión Arbitral (Convenio Multilateral del 18.8.77), a través de la Resolución General 3/2019, estableció que el vencimiento para la presentación anual de la declaración jurada (Formulario CM05) correspondiente al período fiscal 2018 operará el 28 de junio de 2019, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas.
Cabe destacar que el vencimiento se encontraba previsto para el 20 de mayo, pero a través las solicitudes de diferentes entidades se llevó adelante la prórroga. Para acceder a la Resolución General 3/2019, haga clic aquí.